LA RUTA DE LA PLATA - Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana
LA RUTA DE LA PLATA

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Visualizador de Datos de Financiamiento Político

Detrás de cada campaña electoral hay una historia: ¿quién financia?, ¿en qué se gasta? y ¿cómo se mueve el dinero? Esa información existe, pero no siempre es fácil de entender. Aunque todos los candidatos deben reportar sus ingresos y gastos al Tribunal Electoral, en diferentes momentos, los datos suelen publicarse en formatos poco accesibles: documentos extensos, PDFs cerrados y bases de datos difíciles de analizar.

La Ruta de la Plata fue creada para cambiar esa situación. Esta plataforma recopila los reportes de ingresos y gastos del financiamiento privado de 153 autoridades electas para el periodo 2024 – 2029, y los ex-candidatos presidenciales de la elección general de 2024.

 

 

La información ha sido organizada y estructurada para facilitar su consulta, análisis y descarga, permitiendo explorar de manera más clara cómo circuló el dinero, tanto de donaciones como los aportes de fondos propios, durante ese proceso electoral.

LA DATA Y LA PLATA

LA DATA

El Tribunal Electoral, a través de su plataforma SIRIg, publica muchos de los informes financieros de los candidatos a todos los cargos de elección popular. En el caso de quienes resultan electos, su presentación es un requisito indispensable para recibir la acreditación.

Este visualizador tomó esa información pública y la transformó a partir de procesos automatizados por inteligencia artificial y revisiones manuales.

Tomamos más de 18,000 renglones de datos públicos, los organizamos y limpiamos para generar correlaciones, gráficos y tablas que puedes explorar fácilmente.

El resultado es una herramienta que te permite explorar y entender el financiamiento político de forma más clara y directa. La inteligencia artificial y la revisión humana no son infalibles. Si encuentras algún error o información incompleta, te agradecemos reportarla y adjuntar el sustento aquí

LA PLATA

Los informes procesados en este visualizador corresponden, en su mayoría, al financiamiento privado. Aquí podrás ver los ingresos provenientes de donaciones y aportes propios de los candidatos, así como los gastos realizados durante sus campañas.

Los informes sobre ingresos y gastos del financiamiento público completos en el formato en el que fueron presentados también están disponibles, y reposan en el Tribunal Electoral.

En Panamá, la ley electoral establece con claridad qué gastos de campaña pueden cubrirse con fondos privados y cuáles con financiamiento público.

Si quieres conocer más sobre cómo funciona este sistema, el marco legal y las fuentes de información, puedes hacerlo aquí

CANDIDATURAS

La elección general de 2024 vio un total de 6,854 candidaturas principales, de las cuales 6,118 correspondieron a partidos políticos y 736 a la libre postulación. De este universo de datos, una muestra de 161 candidaturas fue escogida para abrir los informes de ingresos y gastos del financiamiento privado de sus campañas, y es la que se verá a lo largo de este sitio.

En este visualizador verás la información reportada por autoridades electas – como los 71 diputados, los 81 alcaldes, y el Presidente de la República – así como las 8 candidaturas presidenciales, con relación a lo reportado como ingresos y gastos del financiamiento privado de sus campañas.

DISTRIBUCIÓN POR GÉNERO

Para la elección general de 2024, apenas el 19% de las postulaciones correspondieron a mujeres. Al observar los resultados electorales, la brecha de género se acentúa, ubicando a Panamá por debajo de los promedios regionales en cantidad de mujeres electas.

Este gráfico muestra la distribución de autoridades electas por género en los cargos de alcalde/sa y diputado/a. Para facilitar su lectura, se utiliza un código de color en gradiente: mientras más azul, mayor es la proporción de hombres frente a mujeres; mientras más rojo, mayor es la proporción de mujeres frente a hombres; y el amarillo señala paridad.

Darién destaca como la única provincia donde se eligieron más mujeres que hombres.

Para la elección presidencial, el gráfico presenta la composición de las candidaturas analizadas: de las 8 postulaciones, se observa la proporción de hombres frente a mujeres.

¿Sabías que Panamá tiene la paridad obligatoria en el Código Electoral desde 1997, y aun así estamos por debajo del promedio regional en mujeres candidatas y electas?

INGRESOS

En Panamá, las campañas se financian a través de recursos públicos (subsidio electoral) y privados. La muestra incluye únicamente los ingresos reportados como financiamiento privado por las candidaturas analizadas.

Conforme a la normativa electoral, los candidatos están obligados a señalar la naturaleza de los fondos privados que reciben, que pueden provenir de recursos propios —en efectivo, cheque o en especie, correspondientes a aportes de la nómina (candidatura principal y suplente)—, así como de donaciones privadas, que pueden realizarse en efectivo, por cheque o transferencia bancaria (ACH). Para aquellas donaciones en especie, es decir aquellas que no se entregan en dinero sino en bienes o servicios, se le debe asignar un valor económico.

Para efectos de este análisis, las referencias a ‘ingresos’ comprenden estos renglones.

INGRESOS DE CAMPAÑA POR CANDIDATURA

Esta sección presenta las candidaturas analizadas según los ingresos recibidos durante la campaña, permitiendo observar cómo se distribuyen los recursos entre quienes compiten por los distintos cargos. Los gráficos organizan la información en función del monto de ingresos reportado, facilitando identificar concentraciones, rangos y diferencias en el financiamiento de los reportes de ingresos y gastos analizados. Al hacer clic en cada nombre, se despliega la ficha del candidato, reflejando los ingresos, nombres de donantes, y gastos reportados.

PROMEDIO DE INGRESOS POR GÉNERO

Esta sección compara el promedio de ingresos reportados por las candidaturas de la muestra, desagregado por género e incluyendo tanto donaciones como aportes de fondos propios. En todos los cargos analizados se observa una diferencia consistente: las candidaturas de hombres reportan, en promedio, mayores ingresos que las de mujeres.

Esta tendencia se mantiene tanto en el total de la muestra como al desagregar por tipo de cargo, donde las brechas en los promedios de ingresos reportados favorecen a las candidaturas masculinas.

TIPOS DE FINANCIAMIENTO PRIVADO

Esta sección desagrega los ingresos reportados por las candidaturas de la muestra según su origen. Esta clasificación permite observar cómo se estructuran las fuentes de financiamiento en las campañas analizadas.

A partir de la información reportada, se evidencia una alta concentración en las donaciones privadas, que representan el 89% de los ingresos de campaña, mientras que los recursos propios alcanzan apenas el 11%. Esta relación varía según el cargo: en la elección presidencial, las donaciones privadas – en efectivo, cheque/ACH o en especie – representan el 94% del total de ingresos, mientras que en diputaciones y alcaldías se sitúan en torno al 80% y 61%, respectivamente. En contraste, los aportes de recursos propios muestran el patrón inverso: representan el 6% en la elección presidencial, aumentan al 19% en diputaciones y alcanzan el 39% en alcaldías.

DONANTES POR CANDIDATURA

Esta sección presenta, desagregado por cargo de elección, el detalle de las personas naturales y jurídicas que realizaron aportes a las campañas analizadas, así como los dineros y otros aportes de fondos propios reportados. La gráfica permite identificar quiénes financian las campañas y cómo se distribuyen estos aportes. Al hacer clic en cada burbuja, se desplegará la ficha del donante, donde podrás ver, por ejemplo, a cuántas candidaturas realizó aportes.

Es posible encontrar registros atípicos, como la aparición del Tribunal Electoral como donante. Esto responde a casos en los que algunas candidaturas reportaron ingresos correspondientes al financiamiento público —que se registra en informes distintos y no forma parte de esta muestra— como si fueran financiamiento privado.

¿Sabías que hay una lista de personas y empresas que tienen prohibido donar a las campañas? Haz click aquí para conocer más

MAYORES DONANTES

En estos gráficos se presenta la información de los cinco donantes más grandes, conforme a lo reportado por las candidaturas de la muestra. Se muestra el total y su distribución por cargo de elección, agrupando el resto en un solo segmento gris. Al colocar el cursor sobre cada línea de color, se despliega el nombre del candidato que recibió la donación y el monto correspondiente.

Se observa información atípica, como la aparición del Tribunal Electoral y de fondos públicos entre los mayores donantes. Esto responde, al igual que en secciones anteriores, a casos en los que algunas candidaturas reportaron financiamiento público como si fuera financiamiento privado.

Asimismo, se identifican dos renglones correspondientes al mismo partido político. Esta duplicidad no implica que sean donantes distintos, sino obedece a variaciones en la forma en que fueron registrados en los reportes oficiales, probablemente por diferencias en el número de RUC u otros datos de identificación. Este tipo de inconsistencias en la fuente puede generar diferencias de registro de un mismo actor.

GASTOS

Los informes financieros presentados por las candidaturas también deben detallar los gastos incurridos durante la campaña. De acuerdo con la normativa electoral, los fondos privados únicamente pueden destinarse a una serie de actividades específicas.

Entre ellas se incluyen gastos de movilización y combustible, hospedajes y pago de activistas; así como la organización de caravanas, concentraciones, comidas y brindis. Asimismo, estos recursos pueden utilizarse para el alquiler y funcionamiento de locales de campaña (incluyendo servicios como luz, agua, telefonía e internet), propaganda electoral y personalización de artículos promocionales como gorras y camisetas.

Cada gasto debe estar claramente identificado e indicar la persona o entidad a la que se realiza el pago, a quien para efectos de esta data denominamos “proveedor”. Esto implica que cada persona que recibe un pago, desde una gasolinera hasta los viáticos de un voluntario, debe estar registrada como proveedor de la campaña. Sin embargo, la data muestra una tendencia a concentrar estos registros en ciertas personas, reportando bajo ellas los gastos asociados al pago de activistas.

Es importante señalar que, para los candidatos presidenciales, la propaganda electoral y personalización de artículos promocionales, deben pagarse con fondos del financiamiento público. Sin embargo, estos gastos aparecen en las gráficas, ya que fueron reportados dentro de los informes de financiamiento privado.

CRONOLOGÍA DE GASTOS

Esta sección presenta la evolución en el tiempo de los gastos reportados por las candidaturas de la muestra, permitiendo observar en qué momentos del proceso electoral se concentra la ejecución del gasto de campaña.

A lo largo de los tres tipos de candidaturas, se identifica un primer incremento significativo en los gastos reportados durante la primera semana de febrero, coincidiendo con el inicio oficial de la campaña electoral. Posteriormente, el nivel de gasto alcanza su punto más alto entre el 29 de abril y el 5 de mayo, periodo que corresponde al cierre de las campañas y a los gastos asociados al día de la elección.

TIPO DE GASTO DE CAMPAÑA

Aquí se agrupan los gastos reportados por las candidaturas de la muestra según su tipo, incluyendo categorías como publicidad y promoción, personal de campaña, transporte y movilización, entre otras. Cada gasto debe estar asociado a una persona o entidad que recibe el pago, a quien para efectos de esta data denominamos “proveedor”.

A partir de la información reportada, se observa que los gastos más significativos corresponden a publicidad y promoción —recordando que, en el caso de las candidaturas presidenciales, estos deben financiarse con fondos públicos, aunque se reporten en los informes de financiamiento privado—. Le siguen los gastos asociados al personal de campaña y, posteriormente, los relacionados con transporte y movilización. La legislación electoral señala, respecto a los gastos de propaganda electoral de las nóminas para los cargos de diputaciones, alcaldías, o representantes de corregimiento y concejales, además de contratar gastos de propaganda electoral con el financiamiento público cuyo origen permita este gasto, podrán utilizar hasta un 30% del tope del financiamiento privado.

Al hacer clic en cada tipo de gasto, es posible explorar en mayor detalle qué conceptos específicos han sido reportados dentro de cada categoría.

Base de datos y Metodología

Buscador

Mediante el buscador se pueden acceder a las fichas de las candidaturas, de los donantes y de los proveedores.

Descargar datos

Aquí se puede descargar el dataset completo, incluyendo Ingresos y Egresos de cada uno de los candidatos seleccionados en este proyecto. 
Es un archivo .zip comprimido que contiene los dos archivos de datos tanto en versión CSV(valores separados por coma) como en XLS (Excel)

Metodología

El punto de partida fue la plataforma SIRIg del Tribunal Electoral, en donde podemos encontrar todas las candidaturas listadas. De ahí se filtraron las 161 candidaturas, de las cuales 71 diputados, 81 alcaldes y 1 presidente son electos, y 8 candidaturas presidenciales que no resultaron electas. 

De esta selección, se descargaron todos los informes de ingresos y de gastos de cada candidato (190 documentos PDF via API pública), correspondientes a la campaña de las elecciones generales de 2024, algunas de las cuales estaban ya en formato digital (JSON/CSV), por haber sido presentadas de dicha manera en la plataforma, y otras eran archivos PDF con las imágenes escaneadas de los informes en su interior.  

Los datos que ya se encontraban en formato digital se incluyeron directamente en nuestra base de datos. El resto (1,352 páginas PDF declaradas), fueron procesados para transformar esas imágenes en letras y números. Para ello se utilizó el modelo de inteligencia artificial Gemini Pro 3 (Google), con una implementación ad-hoc que permitió reconocer dentro de los informes qué tablas eran las que tenían los datos necesarios. Esto implicó no solo reconocer informes en imágenes con textos y números impresos, sino también con textos y números escritos a mano.  

Luego de digitalizada toda la información (18,568 filas), se avanzó con un proceso iterativo de corrección de números usando los totales de cada candidatura como control. En el caso de que los totales escritos no coincidieran con los calculados, se revisaba uno por uno y se ajustaba el modelo para mejorar su interpretación. Esto implicó también utilizar variaciones del modelo dependiendo del tipo de formulario encontrado, que no es igual en todas las provincias o en todos los tipos de candidaturas.  

 

 

Luego de obtenido el dataset final, fiel a lo que la plataforma SIRIg contiene, se procesó dicha información para poder visualizarla, agregando una columna de resumen para los “detalles de gastos”, corrección de fechas y nombres que tuvieran diferencias no significativas o distintas formas de escritura.  

Se seleccionaron algunos aspectos que arrojaba la data para realizar las correlaciones de información y comparativos que se ven en esta plataforma. Finalmente, esta información mejorada es la que se utiliza para la generación de los gráficos e interfaces de esta plataforma.  

Preguntas Frecuentes

En primer lugar, hay que separar entre campañas para las elecciones primarias y campañas para las elecciones generales. Además, una parte se financia con dinero público y otra con financiamiento privado. El financiamiento público contribuye a los gastos en que incurran los partidos políticos y los candidatos por libre postulación en los procesos electorales internos y las elecciones generales.

Los fondos de dinero público para las campañas políticas se asignan de la siguiente manera:

  • Financiamiento Preelectoral: 50% del total del financiamiento público (50.7 millones)
  • 7% de ese monto para los candidatos por la libre postulación. (3.8 millones/2.5 para los candidatos a la presidencia y 1.3 millones para todos los demás cargos restantes).
  • 93% destinado a los gastos de campaña de los partidos políticos. 25% se reparte en partes iguales; el 75% restante con base a voto obtenidos en la última elección; de este monto, 30% para gastos generales de campaña, y el 70% para gastos de propaganda electoral.

(Artículos 203 al 210 del Código Electoral)

Sí. Tanto los partidos políticos como los precandidatos y candidatos pueden recibir donaciones en dinero y en especie, y tienen la obligación de realizar reportes en informes sobre los dineros recibidos o aportes en especie, dentro de diferentes plazos.

Sí. El Código Electoral prohíbe las siguientes donaciones y aportes:

  1. Provenientes de personas jurídicas sin actividades en Panamá.
  2. Anónimos, salvo las realizadas en colectas populares.
  3. Que provengan de personas, gobiernos u organismos extranjeros, salvo los aportes de partidos políticos, asociaciones internacionales de partidos o fundaciones vinculadas a estos, ya sean extranjeras o nacionales, pero no para campañas electorales.
  4. Los de empresas donde el Estado tenga acciones.
  5. Los de Contratistas del Estado al momento de la donación.
  6. Los de Congregaciones Religiosas.
  7. Los de personas naturales o jurídicas con condenas en firme por ciertos delitos.

(Artículo230 del Código Electoral)

Se pueden financiar los siguientes actividades y gastos:

  1. Movilizaciones
  2. Combustibles
  3. Hospedajes
  4. Activistas
  5. Caravanas y concentraciones
  6. Comidas y Brindis.
  7. Personalización de artículos promocionales, salvo la nómina presidencial.
  8. Alquileres de locales, luz, agua, teléfono, internet, celulares.
  9. Propaganda electoral, salvo la nómica presidencial.

(Artículo 231 del Código Electoral)

Sí. La ley electoral señala que los candidatos podrán incurrir en gastos de campaña electoral, sin rebasar el monto establecido por candidatura en el artículo 244 del Código Electoral, así:

Fuera del periodo oficial de campaña solo se permiten gastos provenientes de desembolsos de la cuenta única de campaña del candidato o de donaciones en especie, destinados al pago de actos preparatorios de campaña. Los candidatos en circunscripciones menores de diez mil (10,000) electores, deben registrarlos en los formularios que provee el Tribunal Electoral.

Durante el periodo oficial de campaña se permiten gastos provenientes de desembolsos de la cuenta única de campaña del candidato o de donaciones en especie, destinados al pago de actos de campaña, gastos de propaganda electoral y otros gastos de campaña. Los candidatos en circunscripciones menores de diez mil (10,000) electores, deben registrarlos en los formularios que provee el Tribunal Electoral.

(Artículo 134 del Decreto Ejecutivo 29 de 2022)

Sí. Los topes de gastos de cada nómina de candidatos tienen montos específicos para los diferentes cargos de elección popular:

  • Presidente de la República: B/.10,000.000.00
  • Diputados: B/.300,000.00
  • Diputados del Parlacen: B/. 10,000.00
  • Alcalde y Representante de Corregimiento: B/. 5.00 por cada elector, sin que nunca pueda ser menos de B/15,000.00 y más de B/.150.000.00

(Artículo 244 del Código Electoral)

También existen topes incluso para las donaciones recibidas de una sola fuente, ya seapersona natural o jurídica:

  • 3% (Del monto arriba señalado) para las campañas presidenciales
  • 25% (De los montos arriba señalados), para las campañas a Alcalde, Concejales, Representantes de Corregimiento y Diputados por el Parlacen.

(Artículo 248 del Código Electoral)

El Código Electoral también establece límites y controles para las donaciones recibidas por medio de colectas públicas:

  • Actividades varias, sin identificación del donante. B/.20.00

(Artículos 249, 250 y 251 del Código Electoral)

Las violaciones a las normas sobre financiamiento electoral se consideran como “Contravenciones”. El Código Electoral contempla multa para los partidos políticos por violaciones a los topes de financiamiento privado:

  • El doble de la suma excedida sobre el tope de gastos permitidos. (Hasta un tercio del monto que le corresponde en financiamiento privado al partido que más financiamiento público electoral recibió)
  • El doble de la suma excedida del tope de donaciones por parte de un solo donante, para cada uno de los cargos de elección popular (3% para la campaña presidencia y 25% para los demás cargos.

(Artículo 563 del Código Electoral)

Sí. Se contemplan una serie de multas en atención a la gravedad la falta, entre otros factores:

  • Multas ente B/.1,000.00 y B/.25,000.00, para los precandidatos, candidatos y partidos políticos que reciban una donación prohibida.
  • Multas entre B/.1,000.00 y B/.25,000.00 para quienes incumplan las normas sobre colectas públicas.

(Artículos 556 y 557 del Código Electoral)

Sí. Es posible que los partidos políticos les asignen a los diferentes candidatos gastos de propaganda política, y parte de los fondos del financiamiento privado que reciban. Le corresponderá a cada candidato declarar las asignaciones y dineros que reciba por parte del partido político.

No solo es necesario, es obligatorio. Los precandidatos y candidatos, en circunscripciones de menos de diez mil electores, deben llevar un registro de sus ingresos y gastos utilizando los formularios del Tribunal Electoral. Esta información debe guardarse por cinco años.

En circunscripciones mayores, el informe deberá hacerse mediante declaración jurada firmada por el precandidato o candidato y el contador público registrado. En los casos de los candidatos presidenciales deberá firmarlo también el tesorero.

Las reglamentaciones del Código Electoral obligan a llevar un registro de las contribuciones privadas con indicación expresa del nombre, número de cédula de identidad personal o registro único de contribuyente (RUC) en el caso de personas jurídicas; y monto, número de celular y correo electrónico del donante.

Lo mismo aplica a los gastos en que incurra, y para lo cual deberá identificar a la persona que reciba cada gasto y su concepto. En caso de eventos masivos, se registrará la fecha, tipo de actividad, personas naturales responsables, método de recaudación y montos. A estos efectos, debe utilizar los formularios de ingresos y gastos, según el caso, que suministre el Tribunal Electoral, respaldados con sus recibos para ambos casos. Los formularios serán entregados de manera gratuita, en tanto que las libretas de recibos y los formularios de registro de ingresos y gastos para la campaña, se proveerán a precio de costo.

También los precandidatos y candidatos deben llevar registros separados para los ingresos y gastos por tipo de financiamiento: privado y público. Para las contribuciones del financiamiento público se debe indicar el partido que hizo el aporte, monto y fuente del partido (propaganda u otros gastos de campaña). Lo mismo aplica a los gastos en que incurra con cargo a estos aportes. Debe identificar a la persona natural o jurídica que reciba cada gasto y su concepto.

Sí, pero los aportes individuales no podrán ser mayores a quinientos balboas (B/.500.00) y deben documentarse con el mayor detalle posible, de tal forma que permita la identificación clara del donante. El total de las contribuciones en efectivo, en todo caso, no podrá exceder el 5% del tope de gastos. Estas donaciones igualmente deben ingresar a la cuenta única de campaña de cada precandidato y candidato en circunscripciones de más de 10,000 electores.

 

(Artículo 130 del Decreto Ejecutivo 29 de 2022)

No. Todos estos dineros deben ingresar a una cuenta única de campaña de los candidatos obligados (circunscripciones con más de 10,000.00 electores), la cual debe estar abierta como requisito para la postulación a cada cargo de elección popular. Allí se indica que la cuenta única de campaña de los precandidatos de los partidos que no resulten electos será cerrada por el titular dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que se publique en el Boletín Electoral la notificación de que han quedado en firme las proclamaciones en el respectivo cargo. Si el titular no ha retirado el saldo de la cuenta en el plazo indicado, el banco la cerrará y hará la transferencia del saldo de la cuenta a otra cuenta proporcionada por el precandidato, ya sea de la misma institución bancaria o de otro banco que opere en Panamá.

La cuenta única de campaña de los precandidatos partidarios que ganen la postulación y participen en la Elección General se mantendrá abierta. Entre la fecha del evento electoral interno y el inicio del periodo de campaña, la cuenta podrá recibir depósitos. Los gastos solo podrán hacerse, bajo la exclusiva responsabilidad del candidato, para los actos preparatorios de campaña.

La cuenta única de campaña de los candidatos se mantuvo activa hasta el 4 de junio de 2024, salvo que el candidato deba ir a una nueva elección producto de empates o de la nulidad de la elección. Al vencimiento del referido plazo, si el titular de la cuenta no ha retirado el saldo, el banco la cerrará y emitirá un cheque de gerencia para que lo retire; salvo que exista la excepción arriba señalada.

(Artículo 160 y 161 del Decreto 29 de 2022)

Sí, tanto luego de las primarias, como después de las elecciones generales. La siguiente es la regla para circunscripciones de menos de diez mil (10,000) electores

Luego de las primarias, los candidatos proclamados deben presentarlo dentrode los 15 días calendario siguientes a la elección primaria. Los candidatos por libre postulación deberán hacerlo dentro de los 15 días calendario siguientes al día en que finaliza el periodo de recolección de firmas.

Luego de las elecciones generales, los candidatos proclamados deben presentar sus informes de ingresos y gastos 15 días calendario después de la celebración de las elecciones generales.

Los demás precandidatos y candidatos no favorecidos con la elección tienen 60 días calendario luego de celebrada la elección para presentarlos.

El artículo 240 del C.E. establece para las primarias, el 1 de septiembre del año antes de las elecciones como plazo para entregar el informe a los candidatos favorecidos en las elecciones, o se entenderá que se renuncia a la proclamación.

Se establece un plazo adicional de 15 días calendario para que los candidatos por la libre postulación entreguen el informe, de lo contrario, no serán proclamados.

Para los demás candidatos en las elecciones generales, no se entregará la credencial, hasta que se cumpla con la presentación del informe de ingresos y gastos.

(Artículo 240 del Código Electoral)

Sí, y los montos varían según el cargo y el tipo de incumplimiento.

Por la no presentación se aplicarán las siguientes sanciones:

  • Multa de B/.2,000.00 para el cargo de presidente.
  • Multa de B/.1,000.00 para el cargo de diputado y alcalde.
  • Multa de B/.1,000.00 para el cargo de representante y concejales en circunscripciones mayores a 10,000.00 electores.
  • 60% del monto, si el informe es presentado fuera de término, pero antes de iniciado el proceso sancionatorio.

Por la presentación extemporánea se aplicarán las siguientes sanciones:.

  • Multa de B/.200.00 al precandidato y candidato al cargo de representante y concejal en circunscripciones de menos de diez mil electores. 60% del monto, si el informe es presentado fuera de término, pero antes de iniciado el proceso sancionatorio.
  • Multa de B/.200.00, a los precandidatos en general de las elecciones primarias.
  • Multa de B/.200.00, a los candidatos por la libre postulación, luego de finalizado el periodo de recolección de firmas.
  • Multa de B/.200.00, para los candidatos proclamados.
  • Multa de B/.200.00 para los candidatos no proclamados, tanto en el caso de primarias como en las elecciones generales.
  • Multa de B/.5,000.00 al partido político. 60% del monto, si el informe es presentado fuera de término, pero antes de iniciado el proceso sancionatorio.

(Artículo 558 y 559 del Código Electoral)

Multa de B/.5,000.00 a los partidos políticos, precandidatos y candidatos, que incumplan con la obligación de custodiar los registros y documentos sustentadores por el período de cinco (5) años. (Artículo 567 del Código Electoral)

No existe ninguna norma electoralque obligue a que se realice esta devolución o se rinda cuentas sobre este superávit en su balance. Tanto el candidato electo como el no electo, tiene plena libertad para hacer uso de este dinero sin limitaciones ni obligación de tener que brindar explicaciones sobre el uso que se le dará a estos fondos o aportes en especie, no utilizados en la campaña.

Si observas algún error o dato faltante, te agradecemos contactarnos.